VEGAP
Sociedad de Autores de Creación Visual
VEGAP [Visual Entidad Gestión Artistas Plásticos] es la sociedad de autores que gestiona de forma colectiva en España los derechos de propiedad intelectual de los creradores visuales, actividad que viene desarrollando desde el 5 de junio de 1990, fecha en que la entidad fue creada por O.M. del Ministerio de Cultura.
La expresión "creación visual" define el campo creativo de imágenes tanto si éstas son fijas como en movimiento, con independencia de cual fuere el soporte material utilizado. Estos grupos de creaciones corresponden a dibujo, collage, cómic, copyart, perfomances, arte electrónico, dibujo animado, diseño, escultura, fotografía, grabado y otras obras seriadas, humor gráfico, ilustración, instalaciones, intervenciones, pintura y videoarte.
Actualmente VEGAP representa en España o gestiona los derechos de más de 32.ooo creadores visuales de todo el mundo, cifra que crece diariamente por la constante adhesión de nuevos socios en más de treinta sociedades de autor en todo el mundo.

Más información general la encontrará en la web de
VEGAP [Visual Entidad Gestión Artistas Plásticos]

FUNDACION
Arte y Derecho
Creada por iniciativa de la entidad de gestión colectiva de derechos de autor de los creadores visuales españoles, VEGAP con el fin de darle un mejor desarrollo a las actividades que se ejecutan desde el Fondo Asistencial y Cultural, y de contribuir a la mejora de las condiciones socio-económicas de los creadores visuales, concretamente en todo lo relacionado con el derecho de autor del sector.
Su objeto y fines consisten en desarrollar, con carácter benéfico y sin ánimo de lucro, la promoción y ejecución de actividades sociales en interés de los creadores visuales, así como de sus asociaciones profesionales y de sus sociedades de autores, tanto en España como fuera de España.
Así mismo, pretende divulgar y defender los derechos de autor de los creadores visuales, creando canales que permitan acercar al mundo del derecho y de la judicatura a este sector.[+ info ]

Más información general la encontrará en la web de
VEGAP [Visual Entidad Gestión Artistas Plásticos]
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PROPIEDAD INTELECTUAL
a propiedad intelectual, tal y como establece el Código Civil en sus artículos 428 y 429, forma parte de las llamadas propiedades especiales, y viene a constituir una forma especial de ejercer el derecho de propiedad sobre determinados objetos jurídicos que, por su cualidad, especializan el dominio.
Como propiedad especial, el Código Civil remite su regulación a una ley especial, y declara la aplicación supletoria de las reglas generales establecidas en el mismo sobre la propiedad para lo no específicamente previsto en dicha ley especial. Esta ley es la Ley de Propiedad Intelectual, cuyo Texto Refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril (Archivo en formato 172KB).
El citado texto - modificado por la Ley 5/1998, de 6 de marzo,- constituye, junto con las normas reglamentarias de desarrollo parcial de aquél, el marco legal por el que se regula la Propiedad Intelectual en España, sin perjuicio de lo establecido en la materia por los convenios y tratados internacionales de los que nuestro país es parte.

- Web sobre Propiedad Intelectual.
- Derechos sobre la Propiedad Intelectual.
- Preguntas más frecuentes.

DERECHOS DE AUTOR
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; yel derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos.
Los derechos relacionados con el derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.
¿Qué es el derecho de autor?
El derecho de autor es un término jurídico que describe los derechos concedidos a los creadores por sus obras literarias y artísticas.
¿Qué abarca el derecho de autor?
El tipo de obras que abarca el derecho de autor incluye: obras literarias como novelas, poemas, obras de teatro, documentos de referencia, periódicos y programas informáticos; bases de datos; películas, composiciones musicales y coreografías; obras artísticas como pinturas, dibujos, fotografías y escultura; obras arquitectónicas; publicidad, mapas y dibujos técnicos.

Los enlaces que figuran a continuación permiten obtener información más detallada sobre los distintos ámbitos de la propiedad intelectual.
- El derecho de autor
- Los derechos conexos al derecho de
autor
- Gestión Colectiva del Derecho de Autor

Más información la encontrará en la web de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual


SGAE
Sociedad General de Autores y Editores
Su fin primordial es la protección del autor, del editor y demás derechohabientes en el ejercicio y mediante la gestión eficaz de los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública de las obras literarias, musicales, teatrales, cinematográficas y cualesquiera otras obras audiovisuales, el derecho exclusivo de transformación de tales obras con vistas a su utilización interactiva en producciones o en transmisiones de "multimedia", analógicas o digitales, y los derechos de remuneración por la reproducción privada de las aludidas obras grabadas en fonogramas, videogramas y otros soportes sonoros, visuales o audiovisuales, por la comunicación pública de obras audiovisuales, así como el alquiler o préstamo de fonogramas y videogramas.

Más información la encontrará en la web de la Sociedad General de Autores y Editores

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En esta sección:
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Derechos Autor
Certificaciones
"La belleza artística no consiste en representar una cosa bella, sino en la bella representación de una cosa".
Kant
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